Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0200/2014-S3
Fecha: 05-Dic-2014
II.2.
II.2. Matrícula computarizada 2.01.0.99.0155104, referente a un lote de terreno en la hacienda Calacoto con una superficie 4449.65 m2, cuyo asiento 1 indica que el propietario es Jorge Patiño de Villegas, como consecuencia de un anticipo de legitima y en el asiento 2 consta una sub inscripción también a favor de éste (fs. 4 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- de ahí que ésta Sala, concluye que por regla general las autoridades llamadas a salvaguardar a los ciudadanos de las vías o medidas de hecho son
- III.2.1. Sobre las vías de hecho denunciadas en la presente acción
- III.2.2. Sobre las denuncias planteadas contra el Funcionario policial demandado y el Fiscal de Materia
- REVOCAR