Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0200/2014-S3
Fecha: 05-Dic-2014
II.9.
II.9. Solicitada emitida en el Diario La Razón de 18 de mayo de 2014, en el que las mutuales La Primera y La Paz realizan una aclaración sobre avasallamientos de terrenos, adquiridos por las indicadas mutuales mediante un proceso de expropiación de los predios del Club de Golf “Los Pinos” mediante escritura pública 212/73 e inscrito en DD.RR. en 1973, medias de hecho que fueron realizadas por Jorge Patiño de Villegas y su gente, y que de acuerdo a la Dirección de Sistemas Prediales del Gobierno Municipal de La Paz, el área avasallada está destinada a la construcción de una biblioteca (fs. 98).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- de ahí que ésta Sala, concluye que por regla general las autoridades llamadas a salvaguardar a los ciudadanos de las vías o medidas de hecho son
- III.2.1. Sobre las vías de hecho denunciadas en la presente acción
- III.2.2. Sobre las denuncias planteadas contra el Funcionario policial demandado y el Fiscal de Materia
- REVOCAR