Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0217/2014-S3
Fecha: 05-Dic-2014
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El accionante, a través de su abogado, en audiencia ratificó el tenor íntegro de su demanda; y, añadiendo dijo que existe imputación formal contra el tercero interesado y la Notario de Fe Pública, al verificarse que los formularios base del proceso ejecutivo son falsos; es decir, en base a la certificación emitida por el entonces Consejo de la Judicatura, se mostró que los valores fueron vendidos el 2003, mientras que en el documento figura el 2000.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- Demostrando
- sólo resulta exigible
- 2)
- 4)
- no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales
- III.2.2.
- menos puede convertirse en un supra tribunal con facultades de revisar lo obrado por autoridades de otras jurisdicciones, a menos
- no puede realizar una nueva valoración de la prueba sobre la problemática de fondo que motivo la decisión judicial o administrativa impugnada,
- CONFIRMAR