SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0221/2014-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0221/2014-S3

Fecha: 05-Dic-2014

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La accionante alega que las autoridades demandadas, lesionaron sus derechos constitucionales, a la defensa, al debido proceso, a la petición, así como el principio de igualdad; toda vez que, al dictar el Auto Supremo 430/2013, declarando infundado el recurso de casación en el fondo −interpuesto contra el Auto de Vista de 7 del mismo año−, omitieron valorar la prueba documental que corre de “fs. 315 a 347”, con el fundamento de que ello, no fue reclamado en el recurso de apelación y que recién se lo realizó en el de casación; por otro lado, argumenta que omitieron resolver el fondo del recurso, reconociendo a la demandada la calidad de hija de Manuel Cuba Botello, cuando su verdadera identidad seria Rosario Ivonne Ergueta Aguirre, por lo que no le correspondería ningún derecho, sobre el bien inmueble que fue objeto del proceso.