SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0222/2014-S2
Fecha: 05-Dic-2014
III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
La accionante, señala que las autoridades demandadas, vulneraron sus derechos al debido proceso, en sus componentes de incorrecta valoración de la prueba e interpretación de las normas ordinarias, tutela judicial efectiva, respecto a la falta de fundamentación y motivación de las resoluciones, derecho a la defensa, congruencia de la resolución y el derecho a la propiedad, toda vez que dentro del proceso ordinario de mejor derecho de propiedad, restitución de posesión, inexistencia, inoponibilidad e ineficacia de derecho propietario, cancelación de partida de derecho propietario y daños y perjuicios, seguido por Félix Martínez Salgueiro y Nora Blanca Santa Cruz de Martínez contra su persona, interpuso recurso de casación contra el Auto de Vista 307 de 4 de septiembre de 2013, en razón a que la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, efectuó una valoración errada de las pruebas aportadas en el proceso, llegando a provocar inseguridad jurídica; sin embargo, la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, mediante Auto Supremo 32/2014 de 17 de febrero, de forma ilegal y vulnerando sus derechos y garantías constitucionales, declaró infundado su recurso, a pesar de que el mismo contaba con argumentos que demostraban que el terreno demandado en su contra, correspondía a otro inmueble distinto al de la accionante; apartándose de esa manera de los marcos de razonabilidad y equidad, ocasionando inseguridad jurídica y atropello a sus derechos, ya que la resolución impugnada no condice ni guarda relación con los fundamentos de su recurso de casación.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Configuración constitucional de la acción de amparo
- III.2. El principio de congruencia, como elemento del debido proceso
- 1) Derecho fundamental:
- 2) Garantía jurisdiccional:
- III.3.
- Fragmento 16
- 2º