Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0233/2014-S3
Fecha: 08-Dic-2014
II.3.
II.3. A través de la RA AN-PSUZF-RA 20/2013 de 15 de febrero, el Administrador de Aduana Puerto Suárez Gerencia Regional Santa Cruz ANB, declaró el abandono de hecho o tácito para todas las mercancías que se detallan en el cuadro anexo, figurando entre otras en el Ítem 3 las 1100 cajas de cartón con esponja super british multiuso, con parte de recepción 721 2012 517835-BR424301278, figurando como consignataria Rosita Lourdes Rojas Sandoval. En dicha Resolución se dispuso que la notificación pertinente se efectúe en Secretaría de la Administración, autorizándose al concesionario de depósito de Aduana la entrega de dicha mercancía al Ministerio de la Presidencia (fs. 81 a 84).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- III.3. Consideración necesaria
- CONFIRMAR