Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0239/2014-S2
Fecha: 19-Dic-2014
II.1.
II.1. El 24 de abril de 2013, Alfredo Leoncio Camacho Effen, presento demanda Contenciosa Administrativa contra la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 0066/2013 de 21 de enero, así como las resoluciones que le preceden, denunciando la nulidad de las resoluciones precitadas y solicitando que se revoquen en forma total las mismas. (fs. 246 a 251 vta.)
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- Fragmento 7
- ,
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza Jurídica de la acción de amparo constitucional
- siempre que no exista otro medio de protección o cuando las vías idóneas pertinentes una vez agotadas no han restablecido el derecho lesionado, lo que significa que de no cumplirse con este requisito, no se puede analizar el fondo del problema planteado y, por tanto tampoco otorgar la tutela”
- III.2.Sobre la acción de amparo constitucional y la vía administrativa
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo