Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0253/2014
Fecha: 12-Feb-2014
1)
1) La Resolución dictada en primera instancia: i) Fue pronunciada nuevamente careciendo de motivación y fundamentación sin cumplir lo dispuesto por el Tribunal de apelación; ii) Es incongruente por cuanto la Jueza codemandada señaló que los montos consignados emergen de un informe pericial cuando las fojas citadas refieren a prueba documental; y, iii) No se hizo una valoración correcta y pertinente de la prueba.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- Fragmento 6
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- II.1.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso y la fundamentación de las resoluciones
- 1)
- 3)
- Recurso de nulidad (en la forma):
- Recurso de casación (en el fondo)
- Recurso en la forma
- Recurso en el fondo
- REVOCAR