SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0253/2014
Fecha: 12-Feb-2014
Recurso de nulidad (en la forma):
El accionante, alegó que, en la Resolución 34/2012, sin ninguna fundamentación ni motivación se denegó resolver en el fondo las pretensiones contenidas en el recurso de apelación, siendo además un fallo contradictorio; también, no razonó ni explicó los motivos de su decisión para conceder el pago de costos financieros y su porcentaje.
Refiere que, en el recurso de apelación se expresó como uno de los agravios, la falta de motivación y fundamentación de la Resolución dictada por la Jueza de primera instancia, incurriendo así en los mismos errores del fallo anterior que fue anulado, desconociendo y desobedeciendo lo resuelto por el Tribunal de alzada.
También, en el Auto de Vista recurrido, no se cumplió con la clara y razonada exposición de los hechos; además, se realizó una escueta consideración de que la Jueza de primera instancia efectuó una adecuada valoración de la prueba; asimismo, resultó contradictorio, respecto de la consideración de los agravios expresados en apelación; además, no se consideró el petitorio de nulidad de la Resolución y en caso de la inexistencia de vicios de nulidad en la Resolución de primera instancia se ingresará a considerar los argumentos de fondo, resolviendo por la revocatoria, solicitud que no resulta contradictoria y que no pudo ser utilizado como argumento de confusión por los Vocales que dictaron dicho fallo.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- Fragmento 6
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- II.1.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso y la fundamentación de las resoluciones
- 1)
- 3)
- Recurso de nulidad (en la forma):
- Recurso de casación (en el fondo)
- Recurso en la forma
- Recurso en el fondo
- REVOCAR