Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0361/2014
Fecha: 21-Feb-2014
I.1.3. Petitorio
El accionante pidió que se declare “procedente” la tutela impetrada, disponiendo la nulidad de la Resolución de 31 de octubre de 2012, pronunciada por el Juez de primera instancia y el Auto de Vista de 16 de noviembre del año referido, dictado por los Vocales demandados, debiendo ordenarse al Juez Primero de Instrucción en lo Penal, que resuelva la solicitud de cesación a la detención preventiva en base a los elementos físicos que contiene la Resolución de 13 de julio de igual año, emitida por dicha autoridad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.2.1. De la acción de libertad
- III.3.1. Las medidas cautelares de carácter personal.
- III.3.2. Del recurso de apelación incidental contra decisiones que resuelvan las consideraciones de medidas cautelares
- III.3.3. Sobre la cesación de la detención preventiva ante la existencia de nuevos elementos de valor
- III.4. Sobre la fundamentación y motivación que debe contener las resoluciones judiciales
- III.5. Respecto al carácter vinculante y cumplimiento obligatorio de las Sentencias del Tribunal Constitucional Plurinacional
- III.6. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR