Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0361/2014
Fecha: 21-Feb-2014
II.3.
II.3. Los miembros de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, mediante Auto de 16 de noviembre de 2012, confirmó la Resolución de 31 de octubre de 2012, dictada por el Juez codemandado, que rechazó su requerimiento de cesación a la detención preventiva del accionante, dentro el proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el nombrado y otros, por la presunta comisión del delito de transporte de sustancias controladas (fs. 12 a 14 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.2.1. De la acción de libertad
- III.3.1. Las medidas cautelares de carácter personal.
- III.3.2. Del recurso de apelación incidental contra decisiones que resuelvan las consideraciones de medidas cautelares
- III.3.3. Sobre la cesación de la detención preventiva ante la existencia de nuevos elementos de valor
- III.4. Sobre la fundamentación y motivación que debe contener las resoluciones judiciales
- III.5. Respecto al carácter vinculante y cumplimiento obligatorio de las Sentencias del Tribunal Constitucional Plurinacional
- III.6. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR