SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0376/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0376/2014

Fecha: 21-Feb-2014

I.2.2. Informe de las autoridades demandadas

Jimy Rudy Siles Melgar y José Eddy Mejía Montaño, Vocales de Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, presentaron informe cursante a fs. 249 y vta., manifestando que hace un año exactamente ya se tuvo conocimiento de similar demanda de amparo constitucional que se tramitó en la Sala Penal Tercera; por otra parte, a tiempo de emitir el Auto de Vista impugnado, este Tribunal procedió conforme a derecho, no existiendo nada que discutir sobre el particular. Lo que pretende la parte accionante, es revisar, regularizar o anular actuaciones procesales ordinarias, equiparando la acción de amparo constitucional al recurso de casación, lo cual no es posible deferirse, según lo han expresado las SSCC “0660/2010, 1358/2003-R” entre otras; solicitando se deniegue la tutela demandada, con costas y multas.