SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0380/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0380/2014

Fecha: 21-Feb-2014

1)

El accionante, en audiencia, a través de su representante, ratificó los términos expuestos su demanda. Asimismo complementó y aclaró: 1) Existió discriminación en su contra por haber faltado a la ANAPOL del 26 al 28 de julio de 2012, a causa de una enfermedad estomacal aguda, ya que cuando retornó el 30 de julio del mencionado año, para incorporarse justificando su falta con un certificado médico, se le entregó sus pertenencias y dispuso su salida de la institución sin un proceso previo; 2) En la RA 020/12, no se valoró el justificativo presentado el 30 de julio de 2012, y se le notificó con dicha Resolución después de cuatro meses; 3) En tiempo hábil y oportuno presentó el recurso jerárquico ante el superior en grado de la UNIPOL, ofreciendo las pruebas de descargo; empero, se emitió la Resolución de recurso jerárquico 0080/2013, sin fundamentación, ya que no se pronunció y valoró aquellas pruebas que presentó en su oportunidad, argumentando en forma incongruente que se habría infringido el art. 40 inc. c).2 del Reglamento de Régimen Disciplinario de las Unidades Académicas por incurrir en deserción; y, 4) Solicitó que se revoquen las Resoluciones 020/12 y 0080/2013, por ser incongruentes al respaldarse en los arts. 8 inc. a) y 9 del citado Reglamento, vulnerando el derecho a su defensa, a ser oído antes de ser sancionado, asimismo, pidió se restablezcan todos sus derechos, ordenándose su reincorporación a la ANAPOL, conforme su procedimiento interno.