SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0380/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0380/2014

Fecha: 21-Feb-2014

II.3

II.3. A través de informe dirigido al Jefe del Departamento de Instrucción de la ANAPOL, presentado el 2 de Agosto de 2012, por Noelia Yhoice Argote Zanabria, informó que el 26 de julio de 2012,  Jaime Arequipa Salazar no retornó de sus salida de estudios, que continuó faltando el 27 del señalado mes y año, concordante con el informe de Oscar Callejas Montero, que la referida fecha, Carla Miriam Paz Rosas y Helen Benites, encargadas del departamento de Trabajo Social de la ANAPOL, se constituyeron en el domicilio del accionante; empero, no fue encontrado y que el 28 de julio del 2012, el accionante continuó faltando, incurriendo en deserción de acuerdo al art. 40 del Reglamento de Régimen Disciplinario de las Unidades Académicas de Grado de la UNIPOL por la “ INASISTENCIA A TRES PARTES CONSECUTIVOS DE DIANA” (sic) (fs. 2 a 3).