SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0389/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0389/2014

Fecha: 25-Feb-2014

II.2.

II.2.  El 4 de mayo de 2007, dentro del proceso ordinario por resolución de contratos, desocupación y entrega de inmueble, más pago de daños y perjuicios seguido por Luciana Barrientos contra Mercedes Arévalo Sandoval, la Jueza Decimo Segunda de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Santa Cruz, emitió la Resolución 70/07, declarando probada la demanda interpuesta por la nombrada Luciana Barrientos Pérez y “como emergencia de la misma se declaran resueltos los contratos privados de 12 de agosto y 19 de septiembre de 2002, el primero sobre compromiso de venta y el segundo sobre entrega de dinero y compromiso de pago, suscrito entre la demandante y demandada. Se dispone la devolución por parte de la demandante de las sumas de dinero que hubiera recibido de manos de la demandada y sea en el plazo de tercero día de ejecutoriada la presente resolución, previo tasación de los daños que la sra. Mercedes Arévalo Sandoval, hubiera causado a la demandante, los mismos que serán evaluados en ejecución de sentencia. Se ordena a la demandada la desocupación y entrega a la demandante del inmueble ubicado en la Localidad de Arroyo Concepción, provincia Germán Busch de este departamento de Santa Cruz” “y sea en el término de 60 días a partir desde la ejecutoria de la presente sentencia, previo pago de las mejoras que hubieran sido incorporadas por este al inmueble, las mismas que están canceladas por la demandante  en el plazo de 3 día a partir de ejecutoria  de la tasación con las mejoras antes indicadas” (sic) (fs. 274 a 277).