Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0395/2014
Fecha: 25-Feb-2014
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, en revisión resuelve: CONFIRMAR la Resolución 065/2013 de 26 de septiembre, cursante de fs. 85 a 88, pronunciada por el Juez Sexto de Sentencia Penal del departamento de La Paz; y en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada, solo respecto a la Jueza Primera de la Niñez y Adolescencia del departamento de La Paz, conforme a los fundamentos jurídicos expuestos en el presente fallo, y en los mismos términos del Juez de garantías.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- II.3.
- 1)
- III.1. La subsidiariedad excepcional de la acción de libertad, no es aplicable en el caso de menores de edad (adolescentes infractores)
- III.2. Motivación y fundamentación de las resoluciones que impongan medidas cautelares. Jurisprudencia reiterada
- III.3. Detención preventiva de adolescentes infractores
- i)
- III.4. Análisis del caso concreto
- a) Respecto de los funcionarios policiales
- b) Respecto de la Fiscal de Materia demandada
- c) Respecto de la Jueza demandada
- CONFIRMAR