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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0395/2014
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0395/2014

    Fecha: 25-Feb-2014

    II.3.

    II.3.  Mediante “Resolución 282/12 de 26 de agosto de 2013”, la Jueza demandada, dispuso la detención preventiva del accionante, hasta la fecha de culminación de la investigación o el término previsto por la ley, pudiendo ser sustituido; asimismo, le prohibió transite por los lugares que lo hace la víctima (fs. 6 y vta.).

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
    • concedió
    • II.3.
    • 1)
    • III.1. La subsidiariedad excepcional de la acción de libertad, no es aplicable en el caso de menores de edad (adolescentes infractores)
    • III.2. Motivación y fundamentación de las resoluciones que impongan medidas cautelares. Jurisprudencia reiterada
    • III.3. Detención preventiva de adolescentes infractores
    • i)
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • a) Respecto de los funcionarios policiales
    • b) Respecto de la Fiscal de Materia demandada
    • c) Respecto de la Jueza demandada
    • CONFIRMAR

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