SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0479/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0479/2014

Fecha: 25-Feb-2014

enfatiza en señalar que se vulnera el derecho a la eficacia de los fallos, cuando se produce un incumplimiento total o parcial de los mismos, o cuando pretendiendo cumplirlos se da un alcance diferente o distorsionado al establecido en el fallo.

En efecto, la Resolución 0013147, de la Comisión de Calificación del SENASIR, lesionó la protección del derecho a la eficacia de las resoluciones judiciales con calidad de cosa juzgada, al haber incumplido e inobservado las decisiones judiciales provenientes de operadores judiciales en la medida de lo determinado. Este derecho ha sido conceptualizado en la SC 0944/01-R de 6 de septiembre y complementado con la SC 1206/2010-R de 6 de septiembre, que enfatiza en señalar que se vulnera el derecho a la eficacia de los fallos, cuando se produce un incumplimiento total o parcial de los mismos, o cuando pretendiendo cumplirlos se da un alcance diferente o distorsionado al establecido en el fallo. Entendimiento que ya estuvo en la tradición jurisprudencial del Tribunal Constitucional, en la SC 0125/2003 de 29 de enero, que señaló que las sentencias judiciales deben ser cumplidas en la medida de lo determinado.