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    SENTENCIA CONSTITUCIONALPLURINACIONAL 0224/2014
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONALPLURINACIONAL 0224/2014

    Fecha: 05-Feb-2014

    3º Llamar severamente la atención

    3º Llamar severamente la atención a los miembros de la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, por haber incumplido los plazos previstos en los art. 129.IV de la CPE y 38 del CPCo, advirtiéndoles que, de incurrirse en la misma inobservancia, se remitirán antecedentes al Consejo de la Magistratura a objeto de iniciar el respectivo proceso disciplinario.

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos quemotivanla acción
    • I.1.2. Derechos, garantías y principios supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • II.1.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.Naturaleza jurídica de la acción de libertad
    • III.2.De la acción de libertad traslativa o de pronto despacho
    • III.4.Análisis del caso concreto
    • III.5. Otras consideraciones
    • 2º Disponer
    • 3º Llamar severamente la atención

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