SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0529/2014
Fecha: 10-Mar-2014
II.1.
II.1. La Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, por Auto de Vista 34 de 6 de marzo de 2013, confirmó la Sentencia 571 de 28 de septiembre de 2012, dictada por el Juez Primero de Partido del Trabajo y Seguridad Social -ahora codemandado- en el proceso social por cobro de beneficios sociales seguido por Juana Benita Salinas Luna -hoy codemandada- contra "MAQUIBOL SRL"; consiguientemente, el Oficial de Diligencias, notificó con la referida Resolución a dicha empresa, representada por Rubén Barrios Paniagua, ahora accionante, el 9 de abril del referido año, mediante cédula, en su domicilio procesal de calle Celso Castedo 187, oficina 2, planta baja (fs. 4 y vta. y 6 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- Acto y omisión que constituya procesamiento indebido
- III.2. Jurisprudencia constitucional respecto a la persecución ilegal o indebida
- III.3.Jurisprudencia constitucional sobre la legitimación pasiva en la acción de libertad
- III.4.Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR