SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0533/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0533/2014

Fecha: 10-Mar-2014

a)

Karla Barrón Hidalgo, Fiscal de Materia, refirió: a) La defensa confunde respecto de la etapa procesal en que se encuentra la investigación y todos los argumentos vertidos, debieron ser planteados en audiencia de apelación de la medida cautelar interpuesta; b) Las anteriores acciones de libertad que interpusieron , no fueron suspendidas; si no, se les denegó la tutela; sin embargo, se presentó una tercera acción de defensa; es decir que, accionaron martes, miércoles y jueves, lo que constituye un abuso porque son infundadas y reiterativas; c) Se cuestiona la vigencia de la etapa de investigación y el control jurisdiccional; ante estos actos se tienen que interponerlos incidentes o excepciones que consideren oportunos ante el Juez cautelar y no recurrir a mecanismos extraños; d) El Juez cautelar valoró todos los elementos presentados y realizó el análisis dictando una resolución revisable y recurrible como disciplina el art. 251 del CPP ante el Tribunal de apelación, ahí se resolverá lo que corresponda por ley; y, e) En esta acción de libertad, se denuncia que hubiesen lesionado como Fiscal de Materia y Juez de Instrucción, las normas del debido proceso y parcializado con la parte civil, lo que se resolverá durante la investigación; aclara que no tiene ningún interés en el proceso.