SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0565/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0565/2014

Fecha: 10-Mar-2014

I.1.1. Hechos que motivan la acción

A partir de la publicación de 21 de febrero de 2013, por la cual la Facultad de Ciencias Económicas convocó al “CONCURSO DE MERITOS, EXAMEN DE SUFICIENCIA Y PRESETNACION Y DEFENSA DE PALN GLOBAL” (sic) PARA DOCENTES EXTRAORIDINARIOS EN EL PERIODO ACADEMICO I/2013; su persona, en tiempo y forma oportuna presentó toda la documentación exigida, habiéndose validado la misma por la Dirección de Planificación Académica de la UMSS; para posteriormente habilitarlo en las materias a las que postuló: Juego de Bolsa y Teoría de las Decisiones.

Con dicha habilitación, y una vez que se conformaron los respectivos Tribunales para la calificación de los exámenes de suficiencia, habiendo aprobado éstos con el puntaje mayor en relación a los otros postulantes; el 20 de marzo de 2013, se emitió la Resolución 09/2013, por la que se lo reconoció como ganador del mencionado concurso en las materias postuladas, designándolo como docente de las mismas por el semestre I/2013.

En cumplimiento de la mencionada Resolución y de lo instruido verbalmente por el Director de Carrera, inició sus funciones como docente en las materias de referencia. Asimismo, se presentó a una nueva convocatoria pública para el concurso de méritos en la materia de “Administración General”, resultando ganador del mismo; habiéndose realizado su nombramiento como docente mediante Resolución de Consejo de Carrera 14/2013.

Debido a las designaciones realizadas, pasó las respectivas clases firmando planillas de asistencia que figuraban en su casilla la frase “por designar”; por lo que, pidió se solucione su situación a las instancias pertinentes; sin embargo, en lugar de recibir una respuesta efectiva a su solicitud, tomó conocimiento de que el Decano de la Facultad decidió unilateralmente habilitar a otros docentes en las materias que le habrían asignado habiendo desconocido su condición de ganador de las convocatorias en las tres materias a las que se habría presentado, así como la labor del Consejo de Carrera y sus respectivas actas.

Por tales antecedentes, presentó varias notas y reclamos a las diferentes autoridades de la Facultad de Ciencias Económicas, sin haber recibido respuesta alguna de parte de las mismas; por lo que, dicha situación le generó un ambiente de incertidumbre e inseguridad jurídica, lesionando además su derecho al trabajo; ya que, se lo condenó a no formar parte del plantel docente sin que existiera proceso de ninguna naturaleza, vulnerándose la convocatoria pública en la que participó y ganó, así como la Constitución Política del Estado, el Estatuto Orgánico de la UMSS y el Reglamento General de la Docencia; provocándole con todo esto, que no perciba ningún ingreso económico por la prestación de sus servicios; así como afectándole en su imagen personal y su dignidad.