SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0565/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0565/2014

Fecha: 10-Mar-2014

II.3.

II.3. El 7 de marzo de 2013, tres estudiantes que conforman el Conejo Facultativo presentaron ante el Director de Carrera una solicitud de inhabilitación respecto al ahora accionante, indicando que no habría cumplido el punto “4” de la Convocatoria, referido a la acreditación de experiencia en la materia. Dicha denuncia fue tratada y resuelta en la reunión de Consejo Ordinario 06/2013 de 20 de marzo, en la que, según consta en su acta, se determinó no considerarla por haber sido presentada a destiempo, porque la misma fue producto de la falta de participación de los denunciantes en el proceso de calificación, y debido a que con eso se desacreditaba la labor transparente realizada por los miembros de la Comisión Revisora; por lo que, una vez que se abrieron los sobres correspondientes que mostraban los resultados del concurso, el referido Consejo de Carrera dictó finalmente y de manera consensuada la Resolución 09/2013 de la fecha citada, reconociendo como ganador del concurso de méritos al accionante, en las materias postuladas por éste (fs. 6 a 8; 93; y, 96 a 101).

II.3.  De acuerdo a lo expresado por el accionante en el memorial de la presente acción, una vez iniciada la gestión académica de la Facultad, el mismo pasó las respectivas clases en condición de docente de las materias que se le habían conferido; habiéndose postulado además a la materia Administración General, de la cual resultó ganador, habiéndosele asignado ésta para el primer semestre de 2013, mediante Resolución de Consejo de Carrera 014/2013 de 17 de abril (fs. 17 a 24; y, 59).