SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0587/2014
Fecha: 10-Mar-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega lesionados sus derechos al debido proceso, en su vertiente de falta de fundamentación y congruencia de las Resoluciones; al juez natural imparcial e independiente y acceso a la justicia; toda vez que, el Fiscal Departamental de Potosí, en revisión, pronunció la Resolución “32/2012” de 4 de abril de 2013, copiando de forma idéntica, con puntos, comas y errores de transcripción el decreto de rechazo de querella dictada por la Fiscal de Materia, omitiendo responder los cuatro puntos expuestos en el memorial de objeción presentado por la parte querellante y sin realizar la debida fundamentación, y de manera incongruente, dispuso la revocatoria de rechazo de querella, ordenando que dentro del plazo de diez días, la citada Fiscal, presente la respectiva acusación.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 12
- III.2.
- Fragmento 14
- III.3.
- Fragmento 16
- III.4. Sobre el derecho de acceso a la justicia
- Fragmento 18
- III.6.
- fundamentada y específica
- CONFIRMAR