SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0608/2014
Fecha: 17-Mar-2014
REVOCAR en todo
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y el art. 44.2 del Código Procesal Constitucional, en revisión, resuelve: REVOCAR en todo la Resolución 011/2013 de 15 de octubre, cursante de fs. 238 a 239 vta., dictada por la Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, y en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada, anulando la Resolución 90/2013 y disponiendo que los Vocales de la Sala Penal Segunda del indicado Tribunal Departamental de Justicia, emitan nueva resolución debidamente motivada y fundamentada, en la que resuelvan todos los puntos impugnados por el accionante y reparen la lesión que hubiese cometido la Jueza a quo.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.I. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Control constitucional sobre resoluciones judiciales
- III.3.
- la motivación puede ser concisa pero clara y satisfacer todos los puntos demandados, debiendo expresar el Juez sus convicciones determinativas que justifiquen razonablemente su decisión en cuyo caso las normas del debido proceso se tendrán por fielmente cumplidas.
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo