Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0710/2014
Fecha: 10-Abr-2014
II.1.
II.1. Mediante memorial presentado el 9 de octubre de 2013, Vladimir Nicolás Sinovcic Gonzáles -ahora accionante-, solicitó, al Juez Decimoprimero de Instrucción en lo Penal del departamento de Santa Cruz -ahora demandado-, señale día y hora de audiencia de cesación a la detención preventiva (fs. 59 a 60); por providencia de 10 del mismo mes y año, el Juez demandado, señaló audiencia para el martes 22 del citado mes y año (fs. 61).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- deberá fijar la audiencia con la prontitud que el caso aconseja, o en su caso, dadas las circunstancias que puedan presentarse, dentro de un plazo razonable.
- dejando establecido que no significa la paralización de la dinámica procesal penal, que iría en desmedro de los sujetos procesales, debiendo continuar con su tramitación judicial con el conocimiento de otra autoridad jurisdiccional que amerite por la complejidad
- vez dispuesto el rechazo in límine, deben continuar de manera inmediata con el conocimiento y resolución de la causa…
- 2°