Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0773/2014
Fecha: 21-Abr-2014
III.4. Análisis del caso concreto
En el caso examinado, el accionante a través de su representante, sostiene que dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de asesinato, solicitó la cesación de su detención preventiva en dos oportunidades, sin que a la fecha de presentación de esta acción constitucional las autoridades judiciales demandadas, hubieren señalado audiencia pública para su consideración y resolución, denunciando por otra parte que en su caso existe retardación de justicia en el señalamiento de las audiencias públicas de juicio oral y las señaladas se han suspendido por causas no atribuibles a su persona.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.2.Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- III.2. Principio de celeridad en la tramitación de solicitudes vinculadasal derecho a la libertad
- salvo que incurrieran en excesos contrariando o alterando esas determinaciones de la autoridad judicial…' (SC 1572/2003-R de 4 de noviembre).
- III.4. Análisis del caso concreto
- Jueza Técnica del Tribunal Primero de Sentencia
- Juez Técnico del Tribunal Primero de Sentencia Penal
- Cesación de la detención preventiva
- Recusación
- s
- Fragmento 22
- Secretaria del Tribunal Primero de Sentencia Penal
- 1°CONFIRMARen parte