SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0773/2014
Fecha: 21-Abr-2014
Secretaria del Tribunal Primero de Sentencia Penal
No obstante lo expresado, en autos, la Jueza de garantías,actuando correctamente denegó la tutela solicitada respecto a la nombrada funcionaria judicial por falta de legitimación pasiva; sin embargo, dispuso la remisión de antecedentes a Régimen Disciplinario a objeto de la investigación sobre la denuncia efectuada por el accionante.
Finalmente, el accionante invocó también la vulneración a la “seguridad jurídica” y a la “presunción de inocencia”, sobre los cuales no le corresponde emitir ningún pronunciamiento a este Tribunal Constitucional Plurinacional, toda vez que respecto a la primera, no es posible conceder la tutela, dado que está instituida en la Constitución Política del Estado, como principio rector de los actos de la jurisdicción judicial o administrativa, como lo ha establecidola jurisprudencia constitucional(SC0511/2011-R de 25 de abril).
De la misma manera, con relación a la denuncia de la vulneración del principio a la presunción de inocencia, el no señalamiento deaudiencia de consideración de la cesación de la detención preventiva y la resolución de la recusación formulada por el accionante, no constituye la conculcación del referido principio queestá dirigido a conservar el estado de inocencia de la persona durante todo el trámite procesal, mientras no exista una sentencia condenatoria que adquiera la calidad de cosa juzgada formal y material. Esto implica que únicamente la sentencia condenatoria firme es el instrumento idóneo capaz de vencer el estado de presunción de inocencia del procesado.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.2.Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- III.2. Principio de celeridad en la tramitación de solicitudes vinculadasal derecho a la libertad
- salvo que incurrieran en excesos contrariando o alterando esas determinaciones de la autoridad judicial…' (SC 1572/2003-R de 4 de noviembre).
- III.4. Análisis del caso concreto
- Jueza Técnica del Tribunal Primero de Sentencia
- Juez Técnico del Tribunal Primero de Sentencia Penal
- Cesación de la detención preventiva
- Recusación
- s
- Fragmento 22
- Secretaria del Tribunal Primero de Sentencia Penal
- 1°CONFIRMARen parte