SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0806/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0806/2014

Fecha: 30-Abr-2014

que respecto del inicio de pago, dispuso sea a partir del mes de mayo de 2000

         En el caso concreto, dentro del procedimiento administrativo de renta única de  vejez seguido por Juan Gonzalo Flores Sandi -ahora accionante- ante el SENASIR, después de resuelto el recurso de reclamación a través de la Resolución 092.03 de 20 de mayo de 2003, confirmando la Resolución 004290 de  6 de abril de 2001, que respecto del inicio de pago, dispuso sea a partir del mes de mayo de 2000 (Conclusiones II.1 y II.1.1); en apelación a través de Auto de Vista 214/08-SSA-I de 18 de septiembre de 2008, la Sala Social y Administrativa Primera de la entonces Corte Superior de Distrito -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de La Paz, revocó la Resolución de la Comisión de Reclamación 092-03 de 20 de mayo de 2003, reponiendo  la Resolución de 16 de octubre de 2000 que también dispuso se pague la renta jubilatoria única a partir del mes de mayo del referido año (Conclusión II.1.2).