Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0829/2014
Fecha: 30-Abr-2014
2° DENEGAR
2° DENEGAR la tutela solicitada; sin embargo, considerando lo dispuesto por el Tribunal de garantías respecto al señalamiento de la audiencia de apelación incidental, en el día de ser notificadas las demandadas con dicha resolución y bajo una interpretación previsora, se dimensionan los efectos de la resolución del Tribunal de garantías, dejándolos subsistentes.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Sobre la legitimación pasiva en la acción de libertad
- III.2.1. Excepción en virtud al principio de informalismo
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 14
- 2° DENEGAR