SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0829/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0829/2014

Fecha: 30-Abr-2014

concedió

La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 23/2013 de 8 de noviembre, cursante de fs. 30 a 34, concedió la tutela, disponiendo que las demandadas señalen audiencia en el día, notificadas que fueren con la resolución constitucional, evitando cualquier suspensión; con los siguientes fundamentos: i) El recurso de apelación incidental fue remitido por el Juez Segundo de Instrucción en lo Penal, por nota de 31 de octubre de 2013 y la recepción en el sistema informático de registro de IANUS es de 1 de noviembre del mismo año, habiendo sido asignado mediante sorteo a la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro; y, el cargo de la recepción de los antecedentes procesales en dicha Sala, es de 7 del mes y año antes señalado. Por otra parte, la Vocal demandada Beatriz Cortez Vásquez, se encuentra gozando de vacación anual desde el 6 de noviembre del año citado; sin embargo, ha elevado su informe a la audiencia pública de esta acción constitucional, dejando entrever que tenía conocimiento que la apelación se encontraba en despacho, como sostiene el accionante; y, ii) Al presente no se ha señalado audiencia a objeto de considerar y resolver la apelación incidental planteada por la parte accionante, pretendiéndose aún conformar sala, estando plenamente demostrada la dilación en que han incurrido las demandadas, lo que hace viable conceder la tutela solicitada.