AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0017/2014-O
Fecha: 12-May-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, denuncia el incumplimiento de la Resolución 24/2011 de 6 de septiembre y de la SCP 0751/2013-L de 30 de julio, pues pese a habérsele concedido tutela ante el avasallamiento realizado con acciones de hecho al inmueble de su propiedad, disponiendo el Tribunal de garantías la desocupación del mismo y sea con auxilio de la fuerza pública y custodia policial por quince días, emitiendo para ello el respectivo mandamiento de desapoderamiento, Resolución que fue confirmada por la Sala Liquidadora del Tribunal Constitucional Plurinacional, mediante la citada Sentencia, dichos fallos no han sido cumplidos, pues si bien se libró mandamiento de desapoderamiento y la orden de custodia, las autoridades llamadas por ley, no asumieron determinaciones para efectivizar lo definido en la Sentencia Constitucional, atentando una vez más contra sus derechos y garantías, pues estos, invocados en la acción de amparo constitucional, no han sido restituidos.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Contenido de la denuncia
- a)
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- 1)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El carácter obligatorio y los efectos vinculantes de las sentencias constitucionales con calidad de cosa juzgada: Su ejecución y cumplimiento
- III.2.Análisis de la queja por incumplimiento dentro de los alcances de la SCP 0751/2013-L
- HA LUGAR