SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0503/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0503/2015-S2

Fecha: 19-May-2014

Fragmento 8

Elías Fernando Ganam Cortéz y Félix Peralta Peralta, Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, por informe escrito, cursante de fs. 262 a 263, señalaron que: i) El proceso seguido por el Ministerio Público a instancia de Sonia Miriam Fernández de Ayala, madre de Lila Yolanda Ayala Fernández contra Juan José Millán Estrada, por el delito de violencia familiar, fue remitido a la Sala Penal Segunda, producto de una apelación a las medidas cautelares realizada por Sonia Miriam Fernández de Ayala y el imputado, ahora accionante, audiencia que se celebró el 30 de octubre de 2013, emitiéndose el Auto de Vista 211/2013; y, ii) Se revocó la Resolución apelada 404/2013 con los fundamentos expuestos en el Auto de Vista 211/2013, emitido por esa Sala Penal, determinación debidamente motivada y fundamentada, ello se demuestra de la lectura de dicha Resolución ya que por el criterio reglado en el Código de Procedimiento Penal así como por la jurisprudencia constitucional, procede la detención preventiva cuando concurran los presupuestos establecidos en el      art. 233.1 y 2 del CPP y de la Resolución emitida por el Juez a quo, objeto de la apelación, se establece que concurrían los arts. 234.4 y 235.2 del CPP, es decir, el peligro de fuga y de obstaculización preventiva del accionante.