SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0862/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0862/2014

Fecha: 08-May-2014

Correctivo

         Correctivo, porque puede interponerse para evitar que se agraven las condiciones de una persona detenida, ya sea en virtud de una medida cautelar o en cumplimiento de una pena impuesta en su contra; agravamiento que torna indebida la privación de libertad personal, y que se constituye en otra de las causales de procedencia previstas en los arts. 125 y 47 del CPCo, que en la doctrina se conoce con el nombre de hábeas corpus correctivo.