SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0862/2014
Fecha: 08-May-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La representante denuncia que se vulneraron los derechos a la libertad y a la defensa de las accionantes, porque la Jueza demandada, a tiempo de radicar la causa en su despacho, por recusación del Juez Segundo de Instrucción en lo Penal, llevó a cabo la audiencia de consideración de medidas cautelares que fue señalada con anterioridad, por el Juez recusado, la que se les notificó por edictos, habiendo en dicha audiencia, declarado su rebeldía y librando mandamientos de aprehensión; y pese a que en la vía incidental solicitaron a la Jueza demandada, deje sin efecto la declaratoria de rebeldía, esta autoridad rechazó el incidente argumentando que no cumplía las formalidades de ley. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- Preventivo
- Correctivo
- Reparador
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- III.2. La subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- III.3. Los efectos de la rebeldía y la comparecencia del rebelde como medio inmediato e idóneo para la tutela del derecho a la libertad física o personal y sus excepciones
- Fragmento 19
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR