SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0932/2014
Fecha: 15-May-2014
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
La accionante por medio de su representante indica como lesionados sus derechos a la libertad, al debido proceso, en sus garantías mínimas del derecho a ser asistido por un abogado defensor de su confianza, a contar con un plazo razonable y medios adecuados para preparar su defensa; citando al efecto los arts. 23 y 119.I de la Constitución Política del Estado (CPE); 8.2 incs. c) y d) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y, 14.3 incs. d) y e) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).
La accionante por medio de su representante indica como lesionados sus derechos a la libertad, al debido proceso, en sus garantías mínimas del derecho a ser asistido por un abogado defensor de su confianza, a contar con un plazo razonable y medios adecuados para preparar su defensa; citando al efecto los arts. 23 y 119.I de la Constitución Política del Estado (CPE); 8.2 incs. c) y d) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y, 14.3 incs. d) y e) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- concedió en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- III.1.La excepcional subsidiariedad en la acción de libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR
- Fragmento 16