SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0950/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0950/2014

Fecha: 23-May-2014

Fragmento 26

         En el presente caso, la parte accionante, denunció ante este Tribunal Constitucional Plurinacional, a través de la acción de amparo constitucional que las autoridades demandadas, vulneraron sus derechos al debido proceso, a la tutela judicial efectiva, y a recurrir; el principio de acceso a la justicia y la justicia gratuita, considerando que dentro el proceso laboral de “Reintegro de Haberes Mensuales” las autoridades  referidas, realizaron los siguientes actos ilegales: a) Los Vocales de la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, incurrieron en una negativa indebida de la concesión del recurso de casación, al emitir el Auto Interlocutorio 222/2012, declarando la caducidad del recurso de casación y la ejecutoria del Auto de Vista 119/2012, además de haber rechazado el recurso de reposición planteado contra el Auto Interlocutorio citado, bajo el argumento de haberse omitido el porte de remisión, sin considerar su calidad de entidad pública; y , b) Los Magistrados de la Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia porque declararon ilegal el recurso de compulsa a través del Auto Supremo 264,  sin valorar la regulación jurídica contenida en los arts. 115.II de la CPE, 3, 10 de la LOJ y 39 de la Ley LACG, al no tomar en cuenta que el Ministerio de Relaciones Exteriores, se encuentra exento del pago del porte de remisión.