SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0950/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0950/2014

Fecha: 23-May-2014

i) Los Vocales de la Sala Social y Administrativa  Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz

La parte accionante, alega que se vulneraron sus derechos al debido proceso, a la tutela judicial efectiva, y a recurrir; el principio de acceso a la justicia y justicia gratuita, toda vez que dentro el proceso laboral de “Reintegro de Haberes Mensuales” las autoridades demandadas realizaron los siguientes actos ilegales: i) Los Vocales de la Sala Social y Administrativa  Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, incurrieron en una negativa indebida de la concesión del recurso de casación, al emitir el Auto Interlocutorio 222/2012, declarando la caducidad del recurso de casación y la ejecutoria del Auto de Vista 119/2012, además de haber rechazado el recurso de reposición planteado contra el Auto Interlocutorio ya citado, bajo el argumento de haberse omitido el porte de remisión, sin considerar su calidad de entidad pública; y, ii) Los Magistrados de la Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, declararon ilegal el recurso de compulsa a través del Auto Supremo 264 de 17 de mayo, sin valorar la regulación jurídica contenida en los arts. 115.II de la CPE, 3, 10 de la LOJ y 39 de la LACG, al no tomar en cuenta que el Ministerio de Relaciones Exteriores, se encuentra exento del pago del porte de remisión.