Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0960/2014
Fecha: 23-May-2014
II.6.
II.6. Mediante memorial presentado el 10 de octubre de 2013, la accionante interpuso incidente de nulidad ante la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, por la falta de notificación con la convocatoria de vocal dirimidor a ninguna de las partes, incidente que fue resuelto mediante decreto de 11 del mismo mes y año, señalando expresamente: “Al principal y Otrosí.- Observe el art. 51 del CPP” (fs. 234 y vta.).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del tercer interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- esas lesiones tengan relevancia constitucional, es decir, que esa infracción procedimental de lugar a que la decisión impugnada tenga diferente resultado al que se hubiera dado de no haberse incurrido en los errores o defectos denunciados
- III.3. Análisis del caso de autos
- CONFIRMAR en todo