SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0960/2014
Fecha: 23-May-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso, a la igualdad de partes y al Juez imparcial, debido a que dentro de la disidencia que fue originada entre los Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, al resolver el recurso de apelación interpuesto por el tercero interesado, la convocatoria al Vocal dirimidor Ramiro López Guzmán, fue realizada de manera extemporánea y fuera de plazo correspondiente así como no fue notificada legalmente a ninguna de las partes; es decir, tanto al apelante, como al querellante y el representante del Ministerio Público, situación que imposibilitó que pueda hacer uso de su derecho a plantear la recusación.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del tercer interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- esas lesiones tengan relevancia constitucional, es decir, que esa infracción procedimental de lugar a que la decisión impugnada tenga diferente resultado al que se hubiera dado de no haberse incurrido en los errores o defectos denunciados
- III.3. Análisis del caso de autos
- CONFIRMAR en todo