SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0986/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0986/2014

Fecha: 28-May-2014

aquellos casos en los que se colocó al accionante en absoluto estado de indefensión o

En consecuencia, se hace necesario establecer a partir de la presente sentencia constitucional plurinacional que las lesiones al debido proceso en materia penal en aquellos casos en los que se colocó al accionante en absoluto estado de indefensión o cuando este agoto los medios de impugnación intraprocesales, son susceptibles de la tutela constitucional que brinda la acción de libertad” (las negrillas son nuestras).

Con los cambios constitucionales emergentes del proceso constituyente boliviano, se amplia y potencia el ámbito de protección de las acciones de defensa -entre ellas la acción de libertad- con la finalidad de dar vigencia plena de derechos que tutela esta acción establecidos en el texto constitucional. En este marco, la acción de libertad, cobra un sentido aperturante y efectivo de defensa de los derechos a la libertad de forma amplia trascendiendo el ámbito de protección del extinto habeas corpus. En este sentido, si bien la jurisprudencia constitucional ha condicionado el marco de protección de la acción de libertad en cuanto a su vinculación “directa” con los derechos que tutela, es menester ampliar y fortalecer el ámbito de protección de la acción de libertad cuya “vinculación” no debe ser condición restrictiva sino amplia; por lo cual, se hace necesario, incorporar las formas indirectas de afectación al derecho de la libertad.