SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0998/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0998/2014

Fecha: 05-Jun-2014

2)

           A efectos de establecer si existió dicho acto ilegal, corresponde señalar que de la revisión de antecedentes se tiene que María Dolores Victoria Poppe Melcon Vda. de Zubieta, por memorial de 2 de julio de 2013, solicitó al Fiscal de Materia de turno, que requiera al Presidente de la Asociación de Jubilados y Petroleros Rentistas de Chuquisaca, fotocopias legalizadas del acta, el casete de grabación de la Asamblea de 29 de junio de 2013, fotocopias legalizadas de las planillas de activos de YPFB, y de los respectivos actos que hubiera realizado en perjuicio de la institución, por lo que ante dicha solicitud, se emitió el correspondiente requerimiento y en conocimiento del mismo el Presidente de la mencionada Asociación, ahora demandado, a través de memorial de 4 de julio de 2013, respondió a dicho requerimiento, alegando que no atendió la solicitud y el requerimiento mencionado, porque se le entregó un memorial dirigido a SENASIR Chuquisaca, en el que se solicitó desglose de boletas de pago, y el requerimiento disponía que se atienda dicha solicitud.

2°    Que la Confederación Nacional de Jubilados y Rentistas, la Federación Nacional de Jubilados y Rentistas Petroleros y el Directorio de la Asociación de Jubilados Petroleros Rentistas de Chuquisaca, respondan a las solicitudes incoadas por la accionante, conforme se tiene expresado en los Fundamentos Jurídicos de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.