SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0998/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0998/2014

Fecha: 05-Jun-2014

II.6.

II.6.    Julio Gironda Flores, Presidente de la Asociación demandada, por memorial de 17 de julio de 2013, respondió al requerimiento fiscal de 2 de julio del referido año señalando: i) Con relación a la solicitud del acta de la asamblea y cinta de audio de grabación de la misma, “…las actas no tienen calidad de documento público y sólo pueden ser extendidas a los socios de la institución y/o mediante orden judicial…” (sic), y que habiendo sido expulsada la misma no cuenta con dicho derecho para solicitar lo referido; ii) Con relación a las planillas de activos de YPFB, que la Asociación ni su persona, cuentan con dichos documentos, y que este aspecto es de conocimiento de la accionante, más aun considerando su situación de Licenciada en Ciencias Económicas y Financieras; y, iii) Respecto a la documental que ameritaba su expulsión, no es evidente que la misma se hubiera realizado únicamente en base a dichos documentos, además no puede legalizar documentos que no fueron expedidos por la Asociación y que no se encontraría facultado para la extensión de los mismos a terceras personas que no tienen la calidad de socios (fs. 8 y vta. ).