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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1089/2014
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1089/2014

    Fecha: 10-Jun-2014

    II.4.

    II.4. Mediante Cite 0789/2013 de 29 de mayo, consta que el ahora demandado, Rigoberto Sánchez Villanueva, ordenó a Eduardo Luís Almanza Pérez, Presidente del Tribunal Disciplinario Departamental de Cochabamba, notifique con Resolución legalizada 774/2012 de 3 de abril, a Erick Yerko Terán Mendoza (fs. 4).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.6.
    • II.7.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.2. Exordio a la responsabilidad disciplinaria de los miembros de la Policía Boliviana
    • III.3. El debido proceso en procesos administrativos disciplinarios
    • III.4. Análisis en el caso concreto
    • CONFIRMAR en todo

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