Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1142/2014
Fecha: 10-Jun-2014
II.3.
II.3. Por memorial de 4 de abril de 2012, dirigido a la autoridad demandada, la accionante solicitó la devolución de su ítem o en su defecto otro, con igual o mayor jerarquía y de igual o mayor sueldo, así como se certifique su condición de trabajadora de esa institución y se proceda al pago de sus haberes devengados (fs. 10 a 11 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- I.3.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Facultad de autocorrección de los procesos constitucionales por la justicia constitucional
- Fragmento 18
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR