Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1142/2014
Fecha: 10-Jun-2014
II.9.
II.9. Promovida la nulidad del acto administrativo ante el Alcalde Municipal demandado, el 6 de marzo de 2013 (fs. 20 y vta.), dicha autoridad hizo conocer el 5 de abril del mismo año, la respuesta al memorial de nulidad del acto administrativo (fs. 22), por el cual hace conocer que lo impetrado por la accionante no corresponde ser resuelto al no haberse cumplido con los mecanismos establecidos por los arts. 28, 30, 35.II, 64 y 66 de la LPA (fs. 21).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- I.3.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Facultad de autocorrección de los procesos constitucionales por la justicia constitucional
- Fragmento 18
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR