SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1214/2014
Fecha: 16-Jun-2014
REVOCAR en parte
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia, de conformidad con el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución de 24 de diciembre de 2013, cursante de fs. 117 a 122 vta., pronunciada por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba; y en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada únicamente respecto a la configuración de actividad lícita y al art. 235.2 del Código de Procedimiento Penal, debiendo la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, emitir nuevo pronunciamiento debidamente fundamentado y en base a un análisis y valoración probatoria sustentada en el principio de razonabilidad y favorabilidad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- indebidamente procesada
- a)
- ilegalmente perseguida, procesada o privada de su libertad personal
- III.2. Respecto al deber de fundamentación y motivación de las resoluciones que impongan, modifiquen o rechacen medidas cautelares y aquellas que se pronuncien en apelación
- III.3. Contenido esencial de la resolución emitida por el Tribunal de apelación
- III.4.
- III.5. Análisis del caso concreto
- 1)
- procedente en parte
- i) El establecimiento de actividad lícita
- ii) Respecto al art.235.2 del CPP
- REVOCAR en parte