Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1235/2014
Fecha: 16-Jun-2014
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera Especializada, en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución de 28 de abril de 2014, cursante de fs. 160 a 162, pronunciada por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba; y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Rechazo de la acción de amparo constitucional
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- objeto
- 'Las supuestas irregularidades procesales de una acción tutelar, no son impugnables a través de otra acción tutelar…'
- tampoco es posible cuestionar el procedimiento aplicado en el desarrollo de una acción tutelar a través de otra…
- III.2. Análisis del caso concreto
- las supuestas irregularidades procesales de una acción tutelar, no son impugnables a través de otra acción tutelar (…) tampoco es posible cuestionar el procedimiento aplicado en el desarrollo de una acción tutelar a través de otra;
- CONFIRMAR