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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1235/2014
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1235/2014

    Fecha: 16-Jun-2014

    II.5.

    II.5.  En el memorial presentado el 10 de julio de 2013, la accionante, señaló: “Fui notificada con el decreto de 28 de junio del presente año, razón por la cual, paso a dar cumplimiento a lo extrañado…” (sic) (fs. 9 a 11), escrito que fue providenciado en la misma fecha, disponiendo: “Estese al auto de 09 de julio del año en curso” (sic) (fs. 12).   

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • I.2.1. Rechazo de la acción de amparo constitucional
    • I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
    • a)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.7.
    • objeto
    • 'Las supuestas irregularidades procesales de una acción tutelar, no son impugnables a través de otra acción tutelar…'
    • tampoco es posible cuestionar el procedimiento aplicado en el desarrollo de una acción tutelar a través de otra…
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • las supuestas irregularidades procesales de una acción tutelar, no son impugnables a través de otra acción tutelar (…) tampoco es posible cuestionar el procedimiento aplicado en el desarrollo de una acción tutelar a través de otra;
    • CONFIRMAR

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