Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0801/2015-S2
Fecha: 21-Jul-2014
Fragmento 12
La Constitución Política del Estado, reconoce y garantiza la vigencia del debido proceso, cuya naturaleza -de acuerdo a la jurisprudencia constitucional- denota una triple dimensión, por erigirse como derecho fundamental de los justiciables, principio procesal y garantía de la administración de justicia.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- III.1.
- III.1.1. Sobre la fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales
- III.1.2. Sobre la congruencia de las resoluciones
- III.1.3. Sobre la correcta valoración de las pruebas
- Fragmento 17
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR